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DGT PIDE A TITULARES VÍAS REVISIÓN LÍMITES VELOCIDAD EN PUNTOS RADARES FIJOS

(EFE).- La DGT ha pedido a las diferentes administraciones titulares de carreteras, autovías y autopistas, la revisión de los límites de velocidad en los puntos controlados por radares fijos ante la reforma del Código Penal que catalogará como delito el exceso de velocidad en 80 km/h.



La Dirección General de Tráfico (DGT) informó que la revisión ha de realizarse en los tramos señalizados con una limitación menor a la fijada para cada tipo de carretera.



Como ejemplo, la revisión afectaría a un tramo con limitación específica a 100 kilómetros por hora en una autovía, cuando el límite genérico correspondiente a este tipo de vía es de 120 km/h.



Con ello, según la Dirección General de Tráfico, se quiere proporcionar una mayor seguridad jurídica de los conductores ante ese nuevo delito.



El Congreso de los Diputados aprobará el próximo otoño la modificación del Código Penal en lo referido a los delitos relacionados con la seguridad vial.



Según esta reforma, exceder en 80 km/h la velocidad máxima permitida reglamentariamente en vías interurbanas tendrá consideración de delito con pena de prisión de tres a seis meses y la privación del derecho a conducir entre uno y cuatro años.



El proyecto de modificación del Código Penal establece que el Gobierno "impulsará, de acuerdo con las administraciones competentes, una revisión de la señalización vial para adecuar los límites de velocidad a las exigencias derivadas de una mayor seguridad vial".



Es por ello que Tráfico se ha dirigido a los titulares de las vías, que son los competentes para establecer los límites específicos, para que realicen una revisión de la señalización existente.



Los puntos de control de velocidad por radares fijos sometidos a revisión son 205, todos excepto aquellos cuyo límite es el máximo permitido por el tipo de carretera. EFE cn/pv/fam/lgo

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