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MULTAS DE HASTA 30.000 EUROS POR VENDER E INSTALAR "ANTI-RADARES"

El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente, para su remisión a las Cortes, un proyecto de ley para la reforma del procedimiento sancionador en materia de seguridad vial.
Muchos de los cambios hacen referencia al hecho de manipular el navegador en marcha, una práctica que conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos, o a llevar instalado un mecanismo ilegal de detección de radares. En este último caso, la actual multa de 150 euros y pérdida de 2 puntos del carné de conducir asciende a la cantidad de 6.000 euros de multa, tres meses de suspensión del permiso de conducir y la pérdida de 6 puntos. Pero la ley no sólo perseguirá al conductor ya que los talleres y establecimientos de recambios que instalen estos “detectores” o “inhibidores” podrán ser multados con entre 3.000 y 30.000 euros.
La DGT permite que los conductores lleven en el coche un navegador o “lector de radares” con información de los radares fijos, pero está en contra de los “anti-radres” porque su objetivo es saltarse los controles de velocidad. Los “detectores” avisan de la proximidad de un radar móvil y los “inhibidores” destruyen las frecuencias que emiten los radares para que no puedan determinar la velocidad a la que se conduce.

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