Cualquier
persona podrá formular denuncia por hechos que constituyan
infracción de los preceptos contenidos en el Reglamento general
de Circulación, aprobado por real Decreto 13/1992, de 17
de enero.
Están obligados a formular denuncia los miembros
del Cuerpo de la Guardia Civil y los Agentes encargados del servicio
de Vigilancia del Tráfico.
Requisitos y condiciones:
Se puede formular denuncia:
a) Verbalmente ante los agentes de Vigilancia del Tráfico
mas próximos al lugar de los hechos.
b) Por escrito dirigido a la Jefatura de Tráfico de la Provincia
o a la Alcaldía del lugar de la infracción, en función
de la competencia.
Requisitos y condiciones :
Se consignará en la denuncia:
a) Número de matrícula del vehículo infractor.
b) Nombre, profesión y domicilio del denunciante.
c) Nombre y domicilio del denunciado si fueran conocidos.
d) Relación circunstanciada del hecho con expresión
del lugar, fecha y hora en que haya sido apreciado.
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