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   Cómo pagar una multa de Tráfico.
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PAGO DE LA MULTA

  Las multas deberán hacerse efectivas a los órganos de recaudación de la Administración gestora, directamente o a través de entidades de depósitos, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de   su firmeza. Vencido el plazo sin haber satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento  
de apremio.
  Los actos de gestión recaudatoria en vía de apremio dictados respecto de las multas de tráfico, serán impugnables en vía económico-administrativa.

PAGO ANTICIPADO

  Las sanciones de multa previstas en el artículo 67, apartados 1 y 2, de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, podrán hacerse efectivas antes de que se dicte resolución del expediente sancionador, con una reducción del 30 por 100 sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente en el boletín de denuncia por el agente o, en su defecto, en la notificación posterior de dicha denuncia por el instructor del expediente.

 

© Ministerio del Interior. Dirección General de Tráfico.  

 
     Localización   |   Empresa  
C/ Carcasía nº 9 Baixo Noia (A Coruña)  |   Teléfono y Fax: 981 84 84 92  |   Móvil: 637 845 933